SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2013

Fecha: 03-Jun-2013

iii)

iii) La decisión cuestionada fue emitida en sujeción a los arts., 327, 354.II y 781 del CPC y demás normas procesales aplicables al caso, hasta el estado de resolución. Asimismo, señala que la decisión ahora impugnada, fue pronunciada de acuerdo a la normativa legal aplicable al caso concreto, específicamente la contenida en la RND 10-0021-04 de 11 de agosto, en sus arts. 12.2.g y 18; así como el art. 36.I y II de la LPA, aplicable a la materia, de acuerdo al art. 74.1 del Código Tributario Boliviano (CTB).

iii) En la presente causa, los Magistrados demandados, declararon improbada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Gerencia de GRACO Cochabamba del SIN, con el argumento de que la ausencia de la firma del Jefe de Departamento de Fiscalización de la Administración Tributaria en los autos iniciales de sumario contravencional, vició tales actos administrativos, haciendo aplicable las previsiones de los parágrafos I y II del art. 36 de la LPA, a mérito que para el caso resultaba conforme a lo dispuesto en el art. 12 de la Resolución Normativa de Directorio 10-0021-04.