SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2013

Fecha: 03-Jun-2013

a.1)

a.1) El Auto Nacional Agrario S1ª 22/2008, siguiendo las SSCC 0362/2003-R y 0378/2006-R, señaló que la competencia de los Juzgados Agrarios se define a través de la existencia de una Ordenanza Municipal que esté homologada mediante Resolución Suprema, debido a que son dichas disposiciones municipales las que definen el área urbana de sus municipios y se constituyen, por lo mismo, en el criterio y la base legal para determinar la delimitación de la competencia por razón de materia.