SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2013

Fecha: 03-Jun-2013

a.2)

a.2) Desconocía -en su condición de juzgador- que el inmueble objeto de la litis se encontraba en área urbana habiéndose enterado de ello recién por personas que habitan terrenos dentro del inmueble objeto del proceso, cuando los antecedentes le dejan entrever que las partes procesales ya tenían conocimiento de la existencia de la OM 036/2007 y que la misma ya estaba homologada por RS 02903, empero, “…prefirieron la continuidad del proceso hasta el estado de dictarse sentencia, induciendo al Juez de la causa en el error de proseguir el proceso…”, por lo que, correspondía declararse nuevamente incompetente en razón de materia y territorio a efectos de que la tramitación del proceso continúe con la autoridad llamada por ley.