SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2013

Fecha: 06-Jun-2013

se ha evidenciado que con posterioridad a la declaratoria de improcedencia del recurso de nulidad o casación, resuelto por Auto de Vista de 19 de julio de 2005 (fs. 57 vta.), se ha presentado la referida demanda que dio inicio a la tramitación de la reparación del daño civil.

Es necesario dejar establecido que, de la revisión del expediente, se ha evidenciado que con posterioridad a la declaratoria de improcedencia del recurso de nulidad o casación, resuelto por Auto de Vista de 19 de julio de 2005 (fs. 57 vta.), se ha presentado la referida demanda que dio inicio a la tramitación de la reparación del daño civil.