Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2013
Fecha: 07-Jun-2013
II.6.
II.6. José Luis Valverde Oliva, en representación de la CPS, mediante memorial presentado el 8 de diciembre de 2011, contestó la apelación planteada por el Sindicato Médico y de Trabajadores, argumentando que, la Resolución 04/07 de 14 de mayo de 2007, revocó y dejó sin efecto la disposición que hacía viable el pago de bonos por concepto de atención a pacientes particulares y, como menciona la Resolución impugnada, dicha autoridad judicial perdió toda competencia conforme dispone el art. 196 del CPC, siendo ésta la razón para no tener el expediente original; por lo que solicitó rechazar el recurso de apelación y dar por propugnado el Auto objeto de apelación (fs. 291 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2.
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1.La relevancia constitucional en el análisis de las acciones tutelares
- Fragmento 17
- III.2. La motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones como elemento estructurante del debido proceso
- Fragmento 19
- III.3. Análisis en el caso concreto