SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0738/2013
Fecha: 07-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante denuncia la lesión de los derechos de la entidad accionante al debido proceso, a la salud y la seguridad social, aduciendo que la Sentencia de 23 de mayo de 1997, declaró probada la demanda de los médicos y trabajadores de la CPS, condenándose a la institución al pago de bonos por concepto de venta de servicios a pacientes particulares, fallo que ejecutoriado, fue cumplido por la entidad demandada. Posteriormente, el Directorio de la CPS por Resolución 04/07 de 14 de mayo de 2007, prohibió la atención a pacientes no afiliados; empero, el Sindicato de Trabajadores, amparados en otra Resolución de diferente objeto y naturaleza, solicitó la restitución del pago de bonos, pese a que se cumplió a cabalidad lo ordenado en Sentencia y cuando ya no existían ingresos para efectuar dicho pago, pretensión que fue rechazada por el Juez Primero de Partido de Trabajo y Seguridad Social; determinación contra la que se interpuso recurso de apelación, que fue concedido en el efecto suspensivo, pese a que conforme al art. 518 del CPC, debió ser en el efecto devolutivo. No obstante, los Vocales demandados, mediante Auto de Vista de 6 de febrero de 2012, sin la debida fundamentación, revocaron la Resolución impugnada, disponiendo el cumplimiento de la Sentencia, fundando su decisión en el art. 237.I inc. 2) del CPC, lo cual torna incongruente el fallo, ya que por un lado dispone la revocatoria total y, por otro, la norma citada ordena la “confirmatoria parcial, sin costas”. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2.
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1.La relevancia constitucional en el análisis de las acciones tutelares
- Fragmento 17
- III.2. La motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones como elemento estructurante del debido proceso
- Fragmento 19
- III.3. Análisis en el caso concreto