SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2013

Fecha: 14-Jun-2013

i)

El Tribunal Constitucional Plurinacional, al ser el órgano jurisdiccional encargado de precautelar el sistema constitucional boliviano, tiene las siguientes atribuciones: i) El control de constitucionalidad; ii) La supervisión de la vigencia de los derechos fundamentales y las garantías constitucionales; y, iii) El control competencial del ejercicio del poder público.

En ese contexto, en el recurso directo de nulidad el Tribunal Constitucional Plurinacional, por decisión del constituyente debe ejercer en los casos previstos, el rol de ser un dirimidor competencial y un contralor del respeto de las atribuciones jurisdiccionales y competenciales asignadas por la Constitución Política del Estado a las autoridades públicas y en su caso a particulares que ejerzan una función pública.

Conforme la norma constitucional señalada, el recurso directo de nulidad tiene por objeto que el Tribunal Constitucional Plurinacional, declare en forma expresa la nulidad de todo acto o resolución que hubiere sido emitida en usurpación de funciones que no le compete, así como aquellos actos de los que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley.