Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0896/2013
Fecha: 20-Jun-2013
II.1.
II.1. Cursa el Auto 033/2012 de 16 de octubre, por el cual el Tribunal de Sentencia Penal de Padilla, rechazó los incidentes de nulidad de acusación, por falta de fundamentación; de la misma forma, desestimó el incidente de extinción de la acción penal por prescripción; y, admitió la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, disponiendo el archivo de obrados, con el fundamento que ninguno de los imputados fueron declarados rebeldes, ni demostraron conducta dilatoria, ya que la dilación es atribuible al Ministerio Público (fs. 13 a 15 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- d)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La configuración del debido proceso desde la Constitución Política del Estado
- III.2.La tutela judicial efectiva, el derecho a la defensa, la motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones judiciales, como elementos del debido proceso
- III.3.Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR