SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2013-L

Fecha: 03-Jul-2013

dentro del plazo perentorio de cinco (5) días hábiles desde su notificación

               Contra las Resoluciones de la Comisión de Reclamación podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala Social de la Corte Superior del Distrito dentro del plazo perentorio de cinco (5) días hábiles desde su notificación. (art. 12º Manual de Prestaciones de Rentas en curso de pago y adquisición aprobado por la Resolución Secretarial 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997 de la R.M. 1361 de 4 de diciembre del mismo año). Asimismo en caso de negativa en la concesión de la apelación  procede el recurso de compulsa.