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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2013-L

    Fecha: 08-Jul-2013

    II.2.

    II.2.  Del informe de laboratorio clínico (fs. 7); órdenes médicas (fs. 8 a 9); informe de ecografía obstétrica (fs. 10 a 11), correspondientes a diciembre de 2010; así como del carné de salud para embarazo y el parto (fs. 12 y vta.), se evidencia que la accionante, se encontraba de once semanas y un día de gestación, hasta el 23 de diciembre de 2010.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 15
    • y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.
    • al no haber cumplido la conminatoria de reincorporación dispuesta por la Jefatura Departamental del Trabajo, pese a su legal notificación persistiendo en el despido de la accionante, ha vulnerado el mandato de protección contenido en el art. 49.III de la CPE
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • Fragmento 19
    • CONFIRMAR

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