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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2013-L

    Fecha: 30-Jul-2013

    CUARTA.-

              CUARTA.- La presente resolución es impugnable en el plazo de 10 días hábiles a partir de su notificación pudiendo la empresa JUEGOS Y CENTROS DE ENTRETENIMIENTO BAHITI S.A., hacer uso de los recursos que le confiere la Ley No. 2341 de 23 de abril de 2002, concordante con el Artículo 32 de la Ley N° 060…” (sic) (fs. 655 a 669).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • PRIMERA.-
    • SEGUNDA.-
    • TERCERA.-
    • CUARTA.-
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1.  Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
    • protección
    • Fragmento 22
    • para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte accionante, debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa
    • CONFIRMAR

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