SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
II.4.
II.4. Acta de intervención notarial, realizada por Maritza Bernal Viera, Notaria de Fe Pública de Primera Clase 96, sobre el operativo de control a salones de juego en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, específicamente para verificación y certificación de la intervención del Salón de Juegos “Bahiti's Club”, ubicado en la Av. Monseñor Rivero 150; haciendo constar el ingreso al salón de juegos, la intervención de todas las máquinas y medios de juego y el precintado de las puertas de planta baja, el área de caja y clausura de la puerta de ingreso (fs. 607 a 608 vta.); en el mismo sentido, cursan las actas notariales realizadas en los recintos de la empresa Bingo “Bahití” S.A., ubicados en la Av. Cristóbal de Mendoza entra Avs. San Martín y Canal Isuto (fs. 609 y vta.), Av. Cañoto esquina calle Monseñor Salvatierra (fs. 610 y vta.), Av. Velarde, Segundo Anillo (fs. 611 a 612 vta.) y Av. Cristóbal de Mendoza entre Av. Alemania y Av. Mutualista (fs. 613 a 614).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- PRIMERA.-
- SEGUNDA.-
- TERCERA.-
- CUARTA.-
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- protección
- Fragmento 22
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte accionante, debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa
- CONFIRMAR