Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
II.1.
II.1. Comunicado de prensa de 3 de julio de 2011, realizada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Juegos - AJ, informando: “…a la población en general y a las personas individuales y colectivas en particular dedicadas a los juegos de lotería, azar y sorteos, que las licencias otorgadas por otras instancias, quedan nulas de pleno derecho y sin vigencia legal al haber transcurrido los ciento (120) días calendario establecido en la Disposición Transitoria Única de la Ley No. 060 de 25 de noviembre de 2010 para la adecuación de las empresas señaladas precedentemente (…)”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- PRIMERA.-
- SEGUNDA.-
- TERCERA.-
- CUARTA.-
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- protección
- Fragmento 22
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte accionante, debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa
- CONFIRMAR