II.3.
II.3. Cursa la Resolución Municipal 155/2013-L de 3 de julio, pronunciada en Sesión Ordinaria de la misma fecha por todos los Concejales, que estableció: 1) Confirmar en su integridad la Resolución Administrativa (RA) 001/2011, de 15 de abril de 2011 que resolvió “…el recurso de revocatoria, conforme se detallan en los puntos 1 y 2 referente a las causales inc. e) y inc. f) de la cláusula vigésima primera, numeral 22.2.I.I. del contrato 024/2009, de fecha 30 de agosto de 2009, conforme las consideraciones jurídico legales, donde se resuelve los puntos impugnados del Recurso Jerárquico interpuesto por la empresa Elite Construcciones” (sic); y, 2) “Denegar la tutela con relación a los dos últimos puntos impugnados referente a las causales inc. g) e inc. i) …del contrato 024/2009, de fecha 30 de agosto, conforme se detalla en los puntos 3 y 4 de las consideraciones jurídico legales, donde se resuelve los puntos impugnados del Recurso Jerárquico…” (sic).
- denuncia de incumplimiento
- I.1.
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- (…)En este contexto, en esta etapa procesal, el juez o tribunal de garantías que conoció la acción tutelar, una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en la ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares, con la finalidad de asegurar un debido proceso, en el plazo de veinte cuatro horas desde el conocimiento de este mecanismo, solicitará informe y demás medidas o documentación pertinente a la autoridad o particular obligado a cumplir una decisión emergente del control tutelar de constitucionalidad, quien deberá remitir lo solicitado ante el juez o tribunal de garantías, en un plazo no mayor a tres días, para que en primera instancia, el juez o tribunal de garantías, establezca la demora o incumplimiento en la ejecución de una decisión emergente del control tutelar de constitucionalidad, si fuera el caso.
- El juez o tribunal de garantías, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, mediante auto expreso, rechazará la queja o la concederá (…)
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
