SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2013-L
Fecha: 27-Ago-2013
II.2.
II.2. Del acta de la Octava Sesión Ordinaria, se tiene que a horas 11:34 del jueves 3 de marzo de 2011, se procedió a reinstalar la referida Sesión Ordinaria; sin embargo, Karina Fabiola Leiva Añez, previamente dio lectura al art. 58 del Reglamento, así como la Primera Vicepresidenta en ejercicio de la Presidencia, solicitó al Segundo Vicepresidente que se encontraba haciendo de secretario, pueda verificar si existe el quórum reglamentario para reiniciar la sesión, la respuesta fue afirmativa, en razón a que se encontraban presentes catorce asambleístas: Juana Cupari Noe, Bertha Norah Suárez Lens, Sixto Roberto Roca Yañez, Luis Kenzo Takusi Manzaneda, Oscar Nacif Saavedra, Sonia Elizabeth Suárez Arauz, Luis Fernando Pereira Rea, Omar Ruiz Vargas, Karina Fabiola Leiva Añez, Hugo Vargas Limalobo, José María Salvatierra Rivera, Enrique Rousseau Cuellar, Nidia Justiniano Melgar y Willan Cuellar Arce; por lo que posteriormente y previa tramitación, se procedió a aprobar la Ley de Cesación de Mandato de Autoridades Departamentales Electas; así como las ternas para postulantes a Vocales del Tribunal Electoral Departamental de Beni (mediante Resolución 008/2011), concluyendo a las 13:12 del mismo día (fs. 41 a 43). Lo cual es corroborado, por el acta de verificación notarial, de 3 de marzo de 2011, suscrito por Miriam Durán Aue, Notaria de Fe Pública 4 de primera clase, puesto que en la misma, se evidencia que la asambleísta Fabiola Leiva, hizo conocer a la Primera y Segunda Vicepresidencia, que al existir quórum, correspondía a la Directiva, de acuerdo al art. 56 del Reglamento Interno, instalar la sesión en estricto cumplimiento del art. 57.II del mismo Reglamento; situación por la cual la Primera Vicepresidenta, “cumpliendo el Reglamento interno; reinstala la sesión pidiendo al 2do. Vicepresidente verificar el Quórum Reglamentario y dar lectura al Orden del día” (fs. 75 y vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El recurso de reconsideración, como mecanismo eficaz de impugnación en las Asambleas Legislativas Departamentales, cuando se encuentre expresamente establecido en su normativa vigente
- III.3.Cómputo del plazo administrativo determinado en horas
- III.4.Análisis del caso concreto
- III.5. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución