SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2013-L
Fecha: 27-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes señalan, que las autoridades ahora demandadas, restringieron sus derechos políticos; toda vez que, a raíz de una supuesta resolución de mayoría de 2 de marzo de 2011, emitieron la Resolución 007/2011 de 3 de marzo, por la que resolvieron autorizar a la Vicepresidenta de la Asamblea Departamental, asumir a plenitud las prerrogativas previstas en el art. 30 inc. a) del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Legislativa Departamental, por efecto del abandono injustificado del Presidente de la Asamblea; así como también, resolvieron autorizar a la Directiva cumplir con el art. 106 de dicho Reglamento; Resolución 007/2011, por la que la referida Vicepresidenta, instaló la Octava Sesión Ordinaria el 3 de marzo de 2011, en ausencia del Presidente de la Asamblea Departamental y de la Bancada del MAS -IPSP, donde se aprobó de manera irregular la Ley de Cesación de Autoridades electas del departamento de Beni y la Resolución 008/2011 de conformación de ternas al Tribunal Departamental Electoral.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El recurso de reconsideración, como mecanismo eficaz de impugnación en las Asambleas Legislativas Departamentales, cuando se encuentre expresamente establecido en su normativa vigente
- III.3.Cómputo del plazo administrativo determinado en horas
- III.4.Análisis del caso concreto
- III.5. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución