SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1377/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1377/2013

Fecha: 16-Ago-2013

II.4.

II.4.       Cursa memorial de nulidad de obrados de 28 de enero de 2008, presentado por Roberto Bustillos Gálvez, ante el Juzgado Primero en lo Civil y Comercial, arguyendo que su autoridad no observó que el proceso se lleve dentro del marco de nuestro ordenamiento jurídico, ya que  nunca existió actuación judicial de citación con la demanda formulada por el Banco de Crédito S.A., añadiendo que presentó un anterior incidente de nulidad, que fue decretado el 11 de septiembre de 2003, por la autoridad judicial, disponiendo el traslado; formuló otro incidente que fue también proveído por el Juez el 28 del citado mes y año, por el que se dispuso el traslado. Asimismo, cuestionó la personería del nuevo apoderado de la entidad coactivante, porque el Juez en ningún momento la admitió.  Concluye señalando que se le vulneraron sus derechos a la defensa y al debido proceso al no haberse resuelto los incidentes interpuestos, solicitando expresamente la regularización de procedimientos y que se disponga la nulidad y consiguiente reposición de obrados, dejando sin efecto todo lo actuado, anulando obrados hasta el vicio más antiguo (fs. 108 a 111). Similar incidente de nulidad fue presentado por Julieta Dorado de Bustillos, esposa del accionante (fs. 113 a 116).