SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1511/2013
Fecha: 30-Ago-2013
Fragmento 4
La accionante a través de su abogado ratificó el contenido de la demanda, acotando lo siguiente: La parte empleadora al tomar la determinación de despedirla injustificadamente de su fuente laboral, omitió cumplir con las disposiciones laborales y la Constitución Política del Estado, toda vez que es obligación del empleador prever los ingresos y gastos económicos a efectos de satisfacer las necesidades del trabajador, por lo que demandó la restitución a su fuente laboral y en ningún momento el pago de los beneficios sociales, sino la continuidad y estabilidad laboral a fin de garantizar la subsistencia de la accionante y de sus seres queridos, citando al efecto las Sentencia Constitucional Plurinacional 0017/2012 y 1202/2012.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6. El 24 de octubre de 2012
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2.Principios procesales configuradores de la acción de amparo constitucional
- o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- III.3. El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- derecho al trabajo desde el nuevo enfoque plurinacional;
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. La reincorporación del trabajador conforme a la norma laboral
- es obligatoria
- afectan el derecho al debido proceso en su elemento de acceso a una segunda instancia, de las partes que acceden a este mecanismo de resolución de conflictos, que pueden ser el trabajador como el empleador
- III.5. Análisis del caso concreto
- únicamente
- el 24 de octubre de 2012,