SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1554/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1554/2013

Fecha: 13-Sep-2013

III.4. Persecución ilegal o indebida

La libertad como bien jurídico primordial y del cual emana el ejercicio de otros derechos, sólo podrá ser limitada, según las formas establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley, con la única finalidad de descubrir la verdad histórica de los hechos investigados, así lo establece el art. 23.I de la CPE, al señalar, que: “Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales”, a su  vez, el parágrafo tercero del mismo artículo, sostiene: “Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley. La ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente y que sea emitido por escrito”.