Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2014
Fecha: 03-Ene-2014
II.2.
II.2. De los certificados de trabajo emitidos por el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi, se constata que Juan Moisés Herrera Condori, Clifor Tancara Chávez y Filemón Aruni Gonzáles, son funcionarios públicos de dicha entidad autónoma, ocupando los cargos de Oficial Mayor de Desarrollo Humano, Oficial Mayor Administrativo y Financiero; y, Secretario General, respectivamente (fs. 8 a 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. Cesación de los efectos del acto reclamado como causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR