SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2014
Fecha: 03-Ene-2014
II.6.
II.6. Del Instructivo FAPCI-CAR 14/2013 pronunciado el 11 de mayo, se constata que el Comité Ejecutivo de la Federación Provincial de Comunidades Interculturales de Caranavi, en coordinación con otras organizaciones sociales del municipio de Caranavi, determinaron; a) A todas las Federaciones Regionales afiliadas a la Federación Provincial que deben concentrarse el lunes 13 de mayo de 2013, a horas 6:00, “…para defender la gobernabilidad del municipio de Caranavi…” (sic); b) A los ejecutivos de las Federaciones Regionales, que cada Federación debe garantizar “…el 50% de bases afiliadas en cada Federación…” (sic) para el día señalado; y, c) A todas la comunidades centrales, federaciones y productores de la hoja de coca a participar permanentemente para defender la democracia y la gobernabilidad del municipio; “…por lo que todos los afiliados deben participar con responsabilidad” (sic) para retomar la institución que corresponde sus Federaciones Regionales (fs. 67).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. Cesación de los efectos del acto reclamado como causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR