SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2014

Fecha: 03-Ene-2014

III.5.1. Con relación a las actuaciones del Fiscal de Materia a cargo de la investigación

      Con relación a las actuaciones del Fiscal de Materia, Cleto Ayaviri Guzmán, se tiene que la ahora accionante, en diversas oportunidades solicitó a dicha autoridad, la aplicación de la presunción de minoridad y que por ende, el proceso seguido contra su hijo sea remitido y tramitado ante el Juez de la Niñez y Adolescencia, peticiones que hasta la fecha no merecieron atención alguna y menos respuesta por parte de la referida autoridad; es más, desde la presentación del primer escrito de solicitud de 8 de marzo de 2013, hasta las fechas en las que recién dicha autoridad requirió al Fiscal Departamental que oficie a la Cancillería y al Consulado de la República del Perú, para que se expida copia legalizada del Registro Civil del imputado (23 de mayo y 13 de junio, ambas de 2013), transcurrió un plazo irrazonable, que no puede ser soslayado ni justificado desde ningún punto de vista.

      Extremos que merecen concesión de tutela por falta de celeridad en la atención a su petitorio, dado que no se tomó en cuenta, de un lado, que se encuentran en discusión, las condiciones de la detención, y de otro, la minoridad del imputado, aspectos que debieron ser tomados en cuenta tanto para dar respuesta inmediata a las constantes peticiones de la ahora accionante, como para acelerar el trámite de investigación para la averiguación de la verdad histórica sobre la minoridad del procesado.