SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2014

Fecha: 20-Ene-2014

II.6.

II.6.  A través de nota de 13 de diciembre de 2012, se responde al memorial de impugnación, por Elva Terceros Cuellar, delegada del Ministerio de Gobierno a la Comisión de Máxima Instancia, atendiendo al memorial de 10 de diciembre de 2012, refiere: “…se les comunica que los requisitos y plazos aprobados por Resolución Suprema 08432 de fecha 12 de octubre de 2012, mediante el cual se aprueba el Reglamento para la Convocatoria, Selección y Admisión de Postulantes a la UNIPOL, son de carácter imperativo y por consiguiente de cumplimiento obligatorio para todos los postulantes, ya sea para la ANAPOL, como para la ESBAPOL, motivo por el cual no corresponde dar curso a su solicitud, puesto que la transgresión a lo estipulado en el presente Reglamento ocasionaría responsabilidades a esta Comisión de Máxima Instancia, además de incurrir en una total falta de transparencia, seriedad y responsabilidad (fs. 12 a 13).