SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2014-S3

Fecha: 27-Oct-2014

II.3.1.

II.3.1. Por nota de 18 de marzo de 2014 (fs. 73 y vta.), Heberto Juan de Dios Garay Herrera, Samuel Adautt Fernández y Bernarda Benítez Gudiño, solicitaron que rectifique los puntos 1 y 2 de la Citación de 13 de igual mes y año, dejando como único punto la elección de la directiva para la gestión 2014; aclarando a Teófilo Murillo Baraya que no tenía competencia para restituirlos en  sus cargos sino que debió a limitarse a cumplir la sentencia constitucional emitida en el amparo que interpusieron. Asimismo, tampoco para analizar la aplicabilidad de las resoluciones que aprobaron. Siendo, por ende, únicamente competente para convocar a dicha sesión, con la única finalidad de conformar una nueva directiva.