Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2014-S1
Fecha: 20-Nov-2014
II.1.
II.1. Por matrícula computarizada 7.11.1.01.0001393, impreso el 25 de julio de 2008, se advierte que por RA-CS 1430/2005 inscrita el 24 de julio de 2008, en los registros de Derechos Reales (DD.RR.) el accionante es propietario del predio “El Cañoncito”, ubicado en Concepción, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz, con una extensión de 183.5175 ha (fs. 28).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías presuntamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ARTÍCULO 20º (DOMICILIO PROCESAL).-
- ARTÍCULO 21º (NOTIFICACIONES).-
- III.2. El debido proceso
- III.3. Del derecho a la defensa
- III.4. De la seguridad jurídica
- III.5.Del derecho a la propiedad privada
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1º
- 2º