SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2014-S1

Fecha: 20-Nov-2014

II.2.

II.2.  Por Informe Técnico CON-TEC-0113-2008 de 18 de noviembre, Eliseo Patzi Arellano, señaló que Walter Flores Escobar, el 24 de octubre de 2008, presentó denuncia de aprovechamiento ilegal de madera contra el accionante, indicando que éste estaba cortando madera de diferentes especies al interior del predio “´ZL´” (sic), sin el consentimiento del propietario, en ese mérito se programó inspección para el 5 de noviembre de ese año. Realizada la misma, se concluyó que el aprovechamiento forestal realizado en la mencionada área de conflictos entre los predios “´ZL´” (sic) y “´El Cañoncito´” (sic) es completamente ilegal, por lo que, se sugirió la apertura de proceso sumario administrativo al contraventor por el aprovechamiento ilegal de la madera (fs. 1 a 4). Por Auto administrativo 31/2008 de 2 de diciembre, se inició un procedimiento administrativo sancionador contra el accionante por la presunta infracción forestal de aprovechamiento ilegal de productos forestales, prevista y sancionada por el art. 41 de la Ley Forestal (LF) con relación al art. 96.I DS 24453 de 21 de diciembre de 1996. Asimismo, se dispuso la apertura de término de prueba de quince días hábiles administrativos, se señaló como domicilio del ahora accionante la Secretaría de la UOBT de Concepción, ubicada en la unidad vecinal (UV) 3, manzana 12, calle sin nombre de ese municipio, sin perjuicio de que éste posteriormente, señale domicilio conforme a la normativa legal vigente. Con dicho Auto, al accionante fue notificado el 12 de agosto de 2009 (fs. 20 a 23).