SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2014-S3

Fecha: 05-Nov-2014

III.2.2.

III.2.2. Respecto al derecho a la defensa, manifestar que de la compulsa de antecedentes se constató que el accionante desde que tomó conocimiento de la presentación de la demanda de nulidad de escritura pública 250/2003 de 2 de mayo, por ilicitud de la causa y del motivo más la restitución del derecho propietario seguida por Milton Copa, asumió su defensa al contestar a la misma y reconvenir; de igual forma, responder y cuestionar la Sentencia de primera instancia y presentar recurso de casación en la forma y en el fondo, como se mostró en las Conclusiones II.1, II.2, y II.4; y, siendo que la SCP 0567/2012 de 20 de julio, que cita a la SC 1670/2004-R de 14 de octubre, estableció que el alcance del derecho a la defensa comprende: “…i) el derecho a ser escuchado en el proceso; ii) el derecho a presentar prueba; iii) el derecho a hacer uso de los recursos; y, iv) el derecho a la observancia de los requisitos de cada instancia procesal”, se colige que el accionante tuvo la posibilidad de impugnar las decisiones que consideró lesionaban su derecho y no fue privado de presentar pruebas de descargo; y, se emitió Auto Supremo motivado y pertinente que analizó los puntos resueltos en el Auto de Vista 014/2013 de 7 de febrero y el recurso de casación presentado de 13 de mayo de 2013, como se examinó en el punto anterior, por lo que no se advierte lesión alguna.