Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.1.
II.1. Cursa acta de comiso, efectuada por el Control Operativo Aduanero efectuada en la localidad de “Locotal” el 17 de marzo de 2013, se procedió el comisión preventivo de mercancía, a ser depositada en el Recinto Aduanero ALBO S.A., en la intervención a un vehículo ómnibus, Mercedes Benz de la Empresa “COSMOS”, se encontró entre otros, cuatro cajas que iba en calidad de encomienda, que contenían artefactos electrónicos de procedencia extranjera, al momento de la intervención el conductor presentó fotocopia de factura 1232, que no acreditó la legal internación de la mercancía (fs. 26).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados,
- Fragmento 20
- III.2.
- los recursos administrativos es el establecimiento de la verdad material sobre los hechos, de forma de tutelar el legítimo derecho del Sujeto Activo a percibir la deuda, así como el del Sujeto Pasivo a que se presuma el correcto y oportuno cumplimiento de sus obligaciones tributarias hasta que, en debido proceso, se pruebe lo contrario;
- CONFIRMAR