SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

a)

La parte accionante ratificó la acción planteada, y reiteró que: a) Se han vulnerado sus derechos constitucionales, toda vez que se ha desarrollado un proceso sobre asistencia familiar con errores procedimentales que fueron reclamados oportunamente y conocidos en apelación por la Jueza Octava de Partido de Familia, quien emitió un Auto de Vista alejado del art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC), al no haber emitido criterio sobre todos los puntos apelados; b) Cuenta con un nuevo documento expedido por el Servicio de Registro Técnico (SERECI) dependiente del Tribunal Supremo Electoral, que certifica que a esa entidad no le corresponde establecer el último domicilio, y si bien éste se encuentra registrado en el padrón electoral es precisamente con esos fines, además que es declarado por el ciudadano; y, c) No existe congruencia entre la demanda y la sentencia en incumplimiento del art. 190 del CPC, haciendo constar que en dicha Resolución se menciona el art. 65 del Código de Familia (CF), disposición legal que no corresponde a la fundamentación en la que se estaría basando el mismo, observaciones que fueron puestas a conocimiento de la Jueza Octava de Partido de Familia  quien las omitió, basándose únicamente en una Resolución  que no le fue notificada a su persona, vulnerando de esta manera sus derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica y  a la garantía de que un proceso se desarrolle sin vicios de nulidad, solicitando por lo expuesto se conceda la tutela que solicita.