SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
III.2. Análisis del caso concreto
A través de la presente acción de amparo constitucional, el accionante denuncia que el proceso sobre asistencia familiar seguido en su contra, se ha sustanciado con vicios de nulidad, siendo que fue citado con la demanda mediante edictos, además que la demandante solicitó la separación de cuerpos, que no es competencia de la Jueza Primera de Instrucción de Familia, lo que motivó a su persona presente incidente de nulidad, siendo puesto en conocimiento en la audiencia preliminar de 18 de septiembre de 2013, que fue rechazado, determinación contra la cual interpuso recurso de apelación que fue concedido en el efecto diferido y al haberse dictado la Resolución 310/2013 que fijó la asistencia familiar, de la misma manera formuló apelación contra esa decisión, instancia en la cual fueron ratificadas las Resoluciones apeladas por la Juzgadora ad quem, mediante Auto de Vista 97/2014, vulnerando de esta forma sus derechos fundamentales invocados, por cuanto las autoridades judiciales demandadas, emitieron sus Resoluciones carentes de la debida fundamentación y motivación.
Es así que planteada la problemática, se evidencia que el accionante lo que cuestiona esencialmente mediante la presente acción de amparo constitucional son las actuaciones de las Juezas demandadas respecto a la falta de fundamentación y motivación en las Resoluciones que -a su turno-emitieron. Por ello es necesario referirse a cada una de ellas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1. Debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- Jueza Primera de Instrucción de Familia. Rechazo del incidente de nulidad de obrados
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Resolución 310/2013 de 1 de octubre que fijó la asistencia familiar
- Fragmento 19
- Jueza Octava de Partido de Familia
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- denegar
- Fragmento 24