SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

Fragmento 19

           El accionante contra el Auto de 18 de septiembre de 2013, que rechazó el incidente de nulidad de obrados por él suscitado, interpuso recurso de apelación que fue concedido en el efecto diferido y al haberse dictado la Resolución 310/2013 que fijó la asistencia familiar, de la misma manera formuló apelación contra esa decisión, instancia en la cual fueron ratificadas las Resoluciones apeladas por la juzgadora ad quem, mediante Auto de Vista 97/2014, señalando como fundamento respecto al rechazo del incidente de nulidad de obrados, que el accionante en el primer incidente formulado argumentó de que los edictos publicados por la parte actora únicamente contenían la demanda y la admisión de la misma, más no así otros actuados que son de suma importancia, que fue rechazado por Resolución 203/2013 de 1 de octubre, no habiendo la parte incidentista hecho uso de los recursos que le franquea la ley contra dicha resolución, por lo que el hecho de reiterar en un segundo incidente de que su citación fue defectuosa, no corresponde mayor pronunciamiento ya que dicho extremo respecto a la citación impugnada, fue resuelto a través de la referida resolución.