SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

II.4.

II.4.    A través del proveído 0005/2014 de 10 de marzo, la Gerenta Distrital a.i. de La Paz I del SIN, expresó que: “En atención al memorial presentado mediante NUIT 1559 de fecha 27 de febrero de 2014, por la impetrante Sra. Guillermina Nancy Cuba Illanes, dentro del proceso seguido por la Administración Tributaria contra el contribuyente EMPRESA DE CONSTRUCCIONES E INDUSTRIAL GIOVANNI DE COL S.R.L., al respecto se le comunica lo siguiente:

Previamente a considerar lo solicitado por la impetrante de referencia la misma deberá primeramente demostrar su interés legal en cumplimento a lo establecido en los artículos 67 de la Ley 2492 (Código Tributario Boliviano), art. 18 núm. II, art. 13 núm. I y art. 47 núm. II, numeral IV de la Ley 2341 (Ley de Procedimiento Administrativo), asimismo deberá adjuntar, el correspondiente Folio Real que demuestre el extremo que señala el art. 1538 parágrafo I y II del Código Civil Boliviano, norma civil que aplica conforme el art. 74 núm.II de la Ley 2492 (Código Tributario Boliviano).