SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
II.8.
II.8. En mérito a la respuesta otorgada por el SIN de La Paz, a la autoridad fiscal nombrada, ésta requirió a la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, la emisión de la orden judicial pertinente, a efecto de obtener las fotocopias legalizadas requeridas dentro del proceso penal iniciado por la accionante. La que se hizo efectiva, el 22 de abril de 2014 (fs. 18 y vta.); producto de la cual, la entidad tributaria, procedió a enviar a la autoridad judicial requirente, por nota 001742/2014, “419 literales” relativas a fotocopias simples y legalizadas pertinentes del proceso administrativo seguido por la Gerencia Distrital de la Paz I contra la empresa “Giovanni de Col S.R.L.”. Nota recibida en el Juzgado mencionado, el 15 de ese mes y año (fs. 109).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 20
- III.1. Consideraciones previas al estudio de fondo de la presente acción tutelar
- Fragmento 22
- III.2.1. Derecho de petición
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- el mismo sea un vehículo para el ejercicio de otros derechos que requieren de la información o la documentación solicitada para su pleno ejercicio; por tal motivo,
- III.2.2. Derecho a la dignidad
- III.3. Marco jurisprudencial aplicable al caso en concreto
- por ser personas ajenas al proceso que en el marco de su derecho a la defensa inviolable, pueden intervenir en el proceso en el que existe la probabilidad de que se afecten sus derechos e intereses legítimos
- los derechos fundamentales tienen una efectividad plena más allá de un reconocimiento legislativo o de formalismos extremos que puedan obstaculizar su plena vigencia, aspecto que caracteriza la 'última generación del Constitucionalismo', en el cual, el fenómeno de constitucionalización del ordenamiento jurídico, se consagra y alcanza su esplendor a través del principio de aplicación directa de los derechos fundamentales, el cual se materializa a través del nuevo rol de las autoridades jurisdiccionales en su labor de interpretación constitucional acompañada de una coherente teoría de argumentación jurídica.
- a través de la labor interpretativa o hermenéutica de las autoridades jurisdiccionales, cuyas decisiones deben enmarcarse en los valores justicia e igualdad, como postulados esenciales del principio de razonabilidad de las decisiones
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2°