SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2014-S2

Fecha: 05-Dic-2014

III.3.  La trabajadora embarazada o madre progenitora, tiene dos opciones a seguir ante el despido intempestivo, aceptar el pago de sus beneficios sociales u optar por pedir su reincorporación

La SCP 0029/2013-L de 6 de marzo, sobre esta temática, precisó: “Considerando que por mandado de la Constitución Política del Estado, es deber del Estado, la sociedad, así como del núcleo familiar, garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño o adolescente, que consiste en brindarles protección y socorro, el Poder Ejecutivo hoy Órgano Ejecutivo por medio de sus instrumentos normativos, se ha pronunciado sobre diferentes temas laborales, así por ejemplo: en lo relacionado a los despidos intempestivos, beneficios sociales, inamovilidad laboral, y no podía ser de otra manera, sobre aspectos relacionados a la protección de las madres en estado de embarazo, hasta que el menor de edad cumpla el año de edad.