Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2014
Fecha: 12-Feb-2014
i)
Grover Jhon Cori Paz, Vocal de la Sala Civil Cuarta, en audiencia expresó que: i) En grado apelación la resolución de medida cautelar radicó en la Sala Penal Segunda conformada por Felix Peralta y Fernando Ganam por una serie de trámites se interpuso una recusación en su contra, quienes de acuerdo a procedimiento remitieron actuados a la Sala Penal Tercera; y, ii) Los Vocales de la Sala Penal estaban habilitados para resolver la recusación, siendo las autoridades naturales para resolver la acción y no remitirla a la Sala Penal Primera y menos a la Sala Penal de Turno, solicitando por ello se deniegue la tutela respecto a su persona.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3 Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Respecto a las recusaciones
- Fragmento 25
- III.4. Análisis del caso concreto