SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2014

Fecha: 12-Feb-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el mes de mayo se encuentra pendiente de resolución su apelación detención preventiva, debido a recusaciones sin fundamento planteadas por el denunciante, dichas recusaciones que los Vocales de las Salas Penal Primera, Tercera y de Turno demoraron en resolver, cuando las mismas tienen un plazo de cuarenta y ocho horas para emisión de la resolución, lo que genera que ese trámite indispensable esté provocando la restricción indebida de su libertad, debido a que no se puede resolver la apelación incidental que presentó, ya que debió ser remitida al citado Tribunal Superior, en el término fatal, perentorio e improrrogable de veinticuatro horas para que el citado Tribunal a través de la Sala Penal sorteada para el conocimiento de la apelación, debió haber señalado audiencia dentro de los tres días siguientes de su remisión.