SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2014

Fecha: 21-Feb-2014

III.2. El amparo constitucional y la solicitud de cumplimiento de decisiones jurisdiccionales

La jurisprudencia establecida mediante la SCP 2184/2012 de 8 de noviembre, se ha pronunciado señalando: “…el tópico referente a la acción de amparo constitucional en relación a solicitudes de cumplimiento de decisiones jurisdiccionales; en ese marco, es pertinente establecer que el sistema reparador de control plural de constitucionalidad adoptado por el Estado Plurinacional de Bolivia, tiene tres componentes esenciales: 1) El control tutelar de constitucionalidad; 2) El control normativo de constitucionalidad; y, 3) El control competencial de constitucionalidad. En ese orden, el control tutelar de constitucionalidad, tiene la finalidad de resguardar todos los derechos insertos en el Bloque de Constitucionalidad; por su parte, el control normativo de constitucionalidad, está diseñado para precautelar el principio de Supremacía de la Constitución a través de la verificación en cuanto a compatibilidad de contenido de toda norma de carácter general con el Bloque de Constitucionalidad; finalmente, el control competencial de constitucionalidad, tiene la finalidad de dirimir a la luz de la Constitución los conflictos de competencia y además resguardar la garantía de la competencia.