SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2014

Fecha: 21-Feb-2014

II.4.

II.4.  El 15 de noviembre de 2010, el abogado investigador distrital, presentó informe acusatorio 55/2010 correspondiente a la denuncia 111/2010, dirigido a los miembros del Tribunal Sumariante del “Distrito de Chuquisaca”, mediante el cual formuló acusación en la vía disciplinaria contra la accionante, en aplicación del art. 86.1 del RPDPJ, por haber incurrido en la falta disciplinaria prevista en el art. 40.3 de la LCJ, por incumplimiento del Acuerdo 90/2007, en su art. 73 incs. a) y c), en el primer caso por inobservancia de los arts. 21 y 25 de la LN, solicitando la apertura del respectivo proceso disciplinario, debiendo convocar al Tribunal Sumariante, en aplicación del art. 46 del RPDPJ, concluyendo con el pronunciamiento de la Sentencia Disciplinaria, imponiendo como sanción administrativo - disciplinaria, la suspensión del ejercicio de sus funciones por el lapso de doce meses, en aplicación de los arts. 54 de la LCJ, y 23.2 del Reglamento antes citado (fs. 12 a 16).