SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0385/2014
Fecha: 25-Feb-2014
III.4. Análisis del presente caso
En el presente caso, el accionante manifiesta que las autoridades demandadas al resolver los recursos de alzada y jerárquico que planteó como emergencia de la Resolución sancionatoria AN-GRLGR-ULELR 046/12, dictada por la Gerencia Regional La Paz de la ANB, sancionando a la importadora y la Agencia Despachante de Aduanas Morales e Hijos SRL a la cual representa, por el ingreso a territorio aduanero nacional, de mercadería que no cuenta con Registro Sanitario, ni Certificado de Autorización para Despacho Aduanero, imponiendo la multa equivalente al 100% del valor de la mercancía descrita en el Acta de Intervención contravencional, vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia y a una justicia pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones, a la igualdad ante la ley y el principio de seguridad jurídica.
En primer lugar, el accionante considera que los funcionarios de la AIT ahora demandados, interpretaron y aplicaron en forma errónea y falsa la norma, responsabilizando a la Agencia despachante de Aduanas Morales e Hijos SRL, de la tramitación del registro sanitario para la importación de instrumental médico, a pesar que la referida importación no está sujeta a la autorización previa o certificado del Ministerio de Salud.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2. En cuanto a la revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria que realiza el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.3. Marco legal de la importación de dispositivos médicos
- I.
- importación,
- importado,
- III.4. Análisis del presente caso
- Certificados o autorizaciones previas
- CONFIRMAR en todo