Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.9.
II.9. Mediante Auto de 1 de marzo de 2013, se abrió investigación por la Jueza Segunda Disciplinaria del Consejo de la Magistratura contra la ahora accionante (fs. 206 y vta.). Por Auto de 8 de abril de igual año, se dispuso audiencia de constitución de Tribunal Disciplinario Colegiado con jueces ciudadanos para el 24 de mayo del mismo año (fs. 231 a 232).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1.
- que demuestre conforme exige el ordenamiento jurídico, que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia hubieran recaído directamente en un derecho fundamental suyo, no se puede plantear una demanda de Amparo, sino demostrando ser el agraviado directo por la autoridad o particular recurrido'
- Fragmento 18
- III.2. El debido proceso y el principio de congruencia y pertinencia de las resoluciones
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- CONFIRMAR