SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2014
Fecha: 25-Feb-2014
Fragmento 2
Fue sancionado con veinticuatro horas de arresto por el Comandante de Batería del Regimiento de Artillería-2 “Pisagua”, por los hechos suscitados el 6 de octubre de 2011, en el “RA-3 Pisagua”. Posteriormente, a denuncia del “Tcnl. SAN Antonio Alvarez Cabezas”, sobre el mismo hecho, el Comandante del “RA-3 Pisagua”, Julio René Montalvo Mariscal, sin contar con la capacidad jurídica suficiente, usurpando funciones, debido a que no era autoridad militar con jurisdicción judicial, emitió orden de organización de sumario de 10 de igual mes y año, nombrando como Juez Sumariante al “My. DEM Diether Wilson Orosco Francachs”, quien dictó Auto Inicial de Sumario disponiendo su citación para prestar su declaración indagatoria dentro del sumario informativo, sin que le hubieran leído sus derechos constitucionalmente tutelados y sin la presencia de su abogado.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.1.
- II.8.1.
- II.8.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia del amparo cuando opera la subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR