Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.8.2.
II.8.2. Por Requerimiento Fiscal 124/2013 de 18 de septiembre, el Fiscal Militar solicitó se rechace lo impetrado (fs. 78 a 80); con cuya resolución, el 9 de octubre de 2013 -posterior a la interposición de la acción de amparo- por Dictamen 72/13, el Auditor del Tribunal Permanente de Justicia Militar (fs. 84 a 86), pidió se declare improbadas: 1) La excepción de cosa juzgada; y, 2) El incidente de nulidad absoluta por actividad procesal defectuosa.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.1.
- II.8.1.
- II.8.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia del amparo cuando opera la subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR