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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2014

    Fecha: 25-Feb-2014

    II.6.

    II.6.  Por memorándum DPTO.I ADM.RR.HH. DIACADE 861/13 de 22 de julio de 2013, el Comandante General ACC. del Ejército dispuso el destino temporal a la letra “E” de Disponibilidad por el tiempo de dos años hasta el 22 de julio de 2015, a efectos de que asuma defensa y mientras dure el proceso (fs. 34).

    • acción de amparo constitucional
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.1.
    • II.8.1.
    • II.8.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia del amparo cuando opera la subsidiariedad
    • 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
    • Fragmento 20
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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