Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2014
Fecha: 25-Feb-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, estima la lesión de sus derechos a la defensa, al debido proceso, a una justicia pronta y oportuna y a la igualdad procesal, alegando que se inició un proceso en su contra con la intervención de autoridad incompetente, no tuvo la oportunidad de asumir defensa porque no fue remitido oportunamente a la letra “E” de Disponibilidad, habiendo planteado, sin obtener resolución alguna, excepción de cosa juzgada debido a que fue objeto de una sanción, por lo que suscitó incidente de actividad procesal defectuosa, por las irregularidades que se dieron en el transcurso del proceso.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.1.
- II.8.1.
- II.8.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia del amparo cuando opera la subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR