SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2014

Fecha: 10-Mar-2014

II.6.

II.6. La Comisión de Régimen Disciplinario Liquidadora de la ANAPOL, mediante Resolución 006/11, resolvió el recurso de revocatoria confirmando la Resolución 002/11, por considerar la correcta valoración de las antecedentes fácticos y de derecho, señalando que, el contenido de los informes elaborados por los oficiales de servicio de 17 de enero de 2011, habrían sido corroborados con el resultado de la prueba de alcohol-sensor, en lo que respecta la presunción del hálito alcohólico; por otro lado, el Reglamento de Régimen Disciplinario de la ANAPOL, no establecería la necesidad de sentar acta de advertencia para someter a una contraprueba, por lo que la impugnación respecto a ese punto, sería carente de fundamento legal, en ese sentido, a tiempo de ingresar a la citada Academia, se habría suscrito el compromiso de admisión en el que existiría la autorización a las autoridades de la Unidad Académica, realizar estudios de laboratorio para determinar la ingesta de bebidas alcohólicas, con lo que estaría desvirtuada la supuesta vulneración del art. 44.I de la CPE; y, en lo concerniente a la participación del oficial de policía y al mismo tiempo instructor de la ANAPOL, como testigo de actuación en el acta de prueba de alcohol-sensor, no existiría causal de derecho para disponer su nulidad; asimismo, el memorial de 5 de julio de 2011, se habría introducido vencido el plazo previsto en el art. 49 del Reglamento del Régimen Disciplinario, aspecto que imposibilitaría la consideración del mismo (fs. 106 a 107).