SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2014

Fecha: 10-Mar-2014

II.7.

II.7. Mediante memorial de 8 de agosto de 2011, Lidia Pastora Siles Meave, en representación de su hijo Samuel Jheremy Clemor Siles, interpuso recurso jerárquico contra la Resolución referida en el punto anterior, argumentando la existencia de contradicción entre la certificación del IDIF y los informes de los oficiales de turno, que a su vez derivaría en una duda entre los mismos con el acta de prueba de alcohol-sensor; por otro lado, de acuerdo a los cuestionarios que fueron respondidos se concluye que el funcionario que realizó la prueba de alcohol-sensor, no sería idóneo para efectuar ese tipo de funciones, con los que se hubiera incurrido en erróneas y tergiversaciones de hecho y derecho, provocando incorrecta aplicación de las reglas de la sana crítica; asimismo, el compromiso de admisión otorgaría a las autoridades de la ANAPOL, realizar los estudios de laboratorio para determinar la ingesta de bebidas alcohólicas, aspecto que sería vulnerado por los propios efectivos policiales, porque no se habrían realizado ningún tipo de estudio de laboratorio; en ése mismo contexto, la vulneración de sus derechos se configuraría por haberse admitido a un oficial de policía que a su vez sería instructor de la referida Academia, a efectos de fungir como testigo de actuación en la prueba de alcohol-sensor, quien en ninguna parte del documento consignó su conformidad con el acto, con lo que se demostraría su accionar como juez y parte; finalmente, las pruebas de reciente obtención no habrían sido valoradas y menos se habría notificado con su rechazo (fs. 110 a 113 vta.).