SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2014
Fecha: 10-Abr-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la vulneración del derecho a la defensa de la entidad a la que representa, por cuanto en el proceso social seguido a la misma, los Vocales ahora demandados, dictaron Auto de Vista revocando parcialmente la Sentencia de 9 de marzo de 2011, el cual fue notificado por el Oficial de Diligencias de manera deliberada, en el tablero judicial, cuando debió hacerlo en el domicilio procesal que señaló, motivo por el cual interpuso incidente de nulidad que fue rechazado, aduciendo que la notificación cumple los principios de legalidad, finalidad, trascendencia y convalidación, y que habiendo solicitado explicación y complementación, se declaró no ha lugar. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela requerida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.3. Intervención del Tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Sobre las notificaciones con los autos de vista
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18