Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2014

    Fecha: 30-Abr-2014

    Fragmento 14

             Eduardo Couture, define la cosa juzgada como la: “autoridad y eficacia de una sentencia judicial cuando no existen contra ella medios de impugnación que permitan modificarla”; es decir, es la calidad o  atributo propio del fallo que emana de un órgano jurisdiccional que adquirió carácter definitivo.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de  garantías
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.El derecho al debido proceso: Naturaleza jurídica, alcance y concepto
    • Fragmento 14
    • III.3.Sobre la calidad de la cosa juzgada de la sentencia y la ejecución
    • III.4.Derecho a la reparación de daños y perjuicios en ejecución de sentencia
    • Fragmento 17
    • III.5.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca