SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2014

Fecha: 30-Abr-2014

Fragmento 17

         De los antecedentes cursantes en obrados se tiene que el accionante, el 2 de julio de 2008, vendió a plazos, el manejo y explotación de las especies maderables al ahora tercero interesado, recibiendo la suma de $us40 000.-  a la suscripción del contrato, quedando un saldo que no fue cumplido, por lo que el accionante inició un proceso civil ordinario por “cumplimiento de contrato”, que culminó con el pronunciamiento del “Auto Supremo 109/2012 de 14 de mayo” que casó parcialmente el Auto de Vista impugnado respecto al monto que el ahora tercero interesado debía cancelar a favor del actual accionante, disponiendo que “en ejecución de sentencia se proceda a su determinación tomando en cuenta solamente la especie, y la cantidad de madera cortada y rodada que contaba con los respectivos Certificados Forestales de Origen” (sic), considerándose los precios convenidos en la cláusula quinta del contrato, más el pago de daños y perjuicios, a ser cuantificados en ejecución de sentencia.