AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2014-O

Fecha: 05-May-2014

II.5.

II.5.  Por memorial presentado ante este Tribunal Constitucional Plurinacional el 15 de abril de 2014, los denunciantes hacen conocer que la queja de incumplimiento de sentencia fue tramitada inicialmente por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que se constituyó en Tribunal de garantías, quienes emitieron el Auto 109/2014 de 4 de abril, con el que fueron notificados el 10 de igual mes y año. En dicha Resolución se concede parcialmente la denuncia formulada, porque se advirtió que los Magistrados de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, no cumplieron con la obligación de fundamentación establecida en la SCP 1519/2012, al resolver el recurso de casación en la forma planteada por COTAS Ltda.; sin embargo, en cuanto a la resolución del recurso de casación en el fondo, ese Tribunal desestimó su queja, advirtiendo que los fundamentos del Auto Supremo 385 cumplen con lo determinado por la indicada Sentencia Constitucional Plurinacional, esgrimiendo posteriormente argumentos generales que se encuentran al margen de un análisis de fondo de la problemática planteada, concluyéndose por ello que no es posible examinar a través de la presente queja, el fallo del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que existe contradicciones dentro de la resolución del Tribunal de garantías (fs 86 a 101 vta.).